sábado, 10 de septiembre de 2016

Inspección y Vigilancia en  Instituciones de Educación Superior 


                                    


                                                         Normatividad



Norma

Descripción
Ley 1740 de 23 de Diciembre de  2014
Por la cual se desarrolla parcialmente el artículo 67 y los numerales 21, 22 y 26 del artículo 189 de la const1tución política, se regula la inspección y vigilancia de la educación superior, se modifica parcialmente la Ley 30 de 1992 y se dictan otras disposiciones.
Adiciones al artículo 31 de la Ley 30 de 1992.
j) Velar por la calidad y la continuidad del servicio público de educación superior.
k) Propender por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos y por el cumplimiento de los objetivos de la educación superior.
i) Velar por el adecuado cubrimiento del servicio público de educación superior.
m) Que en las instituciones de educación superior, constituidas como personas jurídicas de utilidad común, sus rentas se conserven y apliquen debidamente y que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de sus fundadores, sin que pueda consagrarse o darse de forma alguna el ánimo de lucro.
n) Que en las instituciones oficiales de Educación Superior se atienda a la naturaleza de servicio público cultural y a la función social que les es inherente, se cumplan las disposiciones legales y estatutarias que las rigen y que sus rentas se conserven y se apliquen debidamente.
Ley 115 de  8 de Febrero de  1994
Ley General de Educación
Art. 148. Funciones del Ministerio de Educación Nacional. El Ministerio de Educación Nacional, en cuanto al servicio público educativo, tiene las siguientes funciones:

2. De Inspección y Vigilancia:
a) Velar por el cumplimiento de la ley y de los reglamentos sobre educación
b) Asesorar y apoyar a los departamentos, a los distritos y a los municipios en el desarrollo de los procesos curriculares pedagógicos
c) Evaluar en forma permanente la prestación del servicio educativo
d) Fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a niveles superiores
e) Cumplir y hacer cumplir lo establecido por el Escalafón Nacional Docente y por el Estatuto Docente, de acuerdo con lo establecido en la presente ley.
Decreto 907 de Mayo 23 de  1996 art. 7
Por el cual se reglamenta el ejercicio de la suprema inspección y vigilancia del servicio público educativo y se dictan otras disposiciones.
  

Instrumento para la Inspección y Vigilancia de IES






 Encuesta de Inspección y Vigilancia en IES







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